La concepción de que los multimillonarios de Centroamérica emplean a España como un refugio fiscal carece de fundamento. En realidad, los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDIs) son instrumentos esenciales creados para incentivar la inversión del exterior y promover la competitividad global. Estos pactos, que siguen los modelos de la ONU y la OCDE, posibilitan que las naciones desistan de su derecho a gravar conforme a su normativa interna, creando así un entorno fiscal favorable para las multinacionales que operan en varias regiones.
Cada nación dispone de la libertad para definir sus propios procesos al implementar los CDIs. Por ejemplo, Panamá y República Dominicana poseen normativas particulares que garantizan un uso correcto de estas ventajas. Por otro lado, en Costa Rica y El Salvador, es obligatorio para los contribuyentes conservar la documentación necesaria que respalde el empleo de los CDIs. Actualmente, Guatemala, Honduras y Nicaragua no cuentan con CDIs en vigor.
Asimismo, la puesta en marcha del Instrumento Multilateral (MLI) intenta impedir la disminución de la base imponible, proporcionando flexibilidad en la modificación de los CDIs y consolidando las leyes fiscales en la región. Conforme los países avanzan en su recuperación tras la pandemia, se ha puesto como prioridad la adecuada ejecución de los CDIs vigentes, haciendo hincapié en los principios de transparencia y contenido tangible.
Por lo tanto, en lugar de ser considerado un paraíso fiscal, España y los CDIs simbolizan un esfuerzo de las naciones centroamericanas para optimizar su ambiente fiscal y atraer inversiones legítimas. Esto aclara el malentendido de que estos acuerdos se emplean como instrumentos de evasión fiscal.
¿Por qué la creación de holdings en España por parte de grupos empresariales centroamericanos?
La constitución de holdings en España por parte de grupos empresariales de Centroamérica está alineada con estrategias para expandirse y proteger inversiones en mercados más establecidos. En el caso español, se aplica una tasa impositiva del 25% sobre los ingresos de estos grupos que no están gravados en su nación de origen, una cifra que puede subir a más del 30% para determinados tipos de ingresos. Así, establecer estos holdings implica un impuesto adicional del 1,25% en comparación con los aranceles ya desembolsados en países como Guatemala, Honduras o Costa Rica, dado que no existe un convenio para evitar la doble tributación entre estos países y España. En consecuencia, no hay ninguna ventaja fiscal, sino que responde exclusivamente a razones estratégicas relacionadas con operaciones en Europa.
En países como Nicaragua, Honduras o Costa Rica, las empresas sufren una carga media impositiva superior al 40%, 50% e incluso el 60%, según un estudio de la Federación de Cámaras de Comercio del Istmo Centroamericano (FECAMCO), lo que demuestra que estos grupos que operan en España, no sólo mantienen su compromiso con la fiscalidad local, sino que además son grabados en una tasa impositiva del 1,25%. Por tanto, se demuestra lo absurdo de la idea de buscar con la creación de los holdings empresariales la evasión de impuestos, sino la razón de establecer una estructura que respete las normativas y que permita una gestión eficiente de sus operaciones en diferentes jurisdicciones.
¿Puede considerarse España un paraíso fiscal?
España nunca ha sido considerada un paraíso fiscal, debido a su estructura tributaria y regulaciones estrictas, que contrastan con las características comunes de los paraísos fiscales. Todo lo contrario, se percibe más como un «infierno fiscal» para muchas de las empresas nacionales o extranjeras que operan en el país. Algunas de estas características que la alejan de los paraísos fiscales, son:
1. Elevados tipos impositivos
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): las tasas marginales pueden superar el 45%, según la comunidad autónoma.
Impuesto sobre Sociedades: la tasa estándar es del 25%, aunque algunas empresas terminan pagando más debido a los recargos o a la ausencia de ciertos beneficios fiscales.
IVA: Una de las tasas más elevadas de Europa, con un tipo general del 21%.
2. Carga tributaria general
La presión fiscal total, que abarca tanto impuestos directos como indirectos, es elevada en comparación con otros países de la Unión Europea, particularmente para las empresas.
3. Complejidad administrativa
Cumplir con las obligaciones fiscales en España demanda una considerable inversión de tiempo y recursos. La burocracia administrativa puede resultar agobiante, especialmente para las empresas.
4. Variedad de impuestos
Además de los impuestos nacionales, hay tributos autonómicos y locales, como el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y los impuestos locales como el IBI o la plusvalía municipal, que aumentan la presión fiscal.
5. Inspecciones y sanciones
La Agencia Tributaria es reconocida por su enfoque riguroso en la recaudación. Las sanciones por errores u omisiones en las declaraciones fiscales pueden ser muy severas.
6. Poca flexibilidad para empresas
En comparación con otros países, España tiene menos incentivos fiscales para atraer empresas internacionales, lo que limita su competitividad como destino para negocios.
En el debate público, la carga fiscal en España suele considerarse excesiva, especialmente cuando se le compara con países que presentan tasas más reducidas, incentivos fiscales atractivos o que no imponen gravámenes directos sobre la riqueza, como es el caso de los paraísos fiscales.
Por el contrario, los paraísos fiscales suelen presentar características opuestas: tasas impositivas bajas, alta confidencialidad financiera y marcos legales pensados para atraer capital extranjero y minimizar la carga fiscal.
¿Existen otros países europeos más atractivos para la creación de holdings empresariales?
España no se encuentra entre los destinos preferidos de compañías o grandes fortunas latinoamericanas por sus tasas impositivas, sino por la cercanía cultural y raíces comunes con estos países. De acuerdo con el Observatorio Fiscal de la UE, los sistemas fiscales europeos no siguen un enfoque uniforme, aunque algunos países de Europa han desarrollado regímenes fiscales para captar capital extranjero. Basándose en ventajas fiscales generales y regímenes especiales diseñados para atraer inversiones, los siguientes países se destacan en Europa, superando notablemente a España:
- Irlanda: con un impuesto de sociedades del 12,5%, logra atraer a gigantes multinacionales como Facebook o Google.
- Hungría: proporciona el impuesto de sociedades más bajo de Europa, del 9%.
- Chipre: es atractivo por su impuesto del 12,5% y sus convenios de doble imposición.
- Luxemburgo: conocido por sus regímenes especiales dirigidos a empresas globales.
- Países Bajos: destacado por su entorno fiscal favorable para holdings y acuerdos internacionales.
- Malta: ofrece reembolsos fiscales efectivos que pueden reducir las tasas al 5% en algunas situaciones.
- Estonia: se distingue por la aplicación única de impuestos únicamente sobre las ganancias distribuidas.